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KIT DIGITAL: Convocatoria y plazos de solicitud para pymes de 3 a 9 trabajadores

Se ha publicado la convocatoria y plazo de solicitud de la ayuda KIT DIGITAL para pymes y autónomos que tengan entre 3 y 9 trabajadores (Segmento II).

Pequeñas empresas o autónomos, cuyo domicilio fiscal esté situado en España, lleven al menos 6 meses dadas de alta, pertenezcan al Segmento II (promedio de 3 a 9 trabajadores en 2021), y estén al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

NO pueden ser beneficiarias de estas ayudas los Agentes Digitalizadores, las empresas públicas, comunidades de bienes, comunidades de propietarios, sociedades civiles, UTE’S.

Se trata de una subvención directa, cuya asignación de fondos será repartida por orden de entrada de las solicitudes. El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 6.000€.

Los importes máximos por cada categoría son los siguientes:

  • Sitio web y presencia en internet → 2.000€
  • Comercio electrónico → 2.000€
  • Gestión de redes sociales → 2.500€
  • Gestión de clientes → 2.000€ (incluye 1 usuarios)
  • Business intelligence y analítica→ 2.000€ (incluye 1 usuarios)
  • Gestión de procesos → 3.000€ (incluye 3 usuarios)
  • Factura electrónica → 2.000€ (incluye 3 usuarios)
  • Servicios y herramientas de oficina virtual → 250€ por usuario (hasta 9 usuarios)
  • Comunicaciones seguras → 125€ por usuario (hasta 9 usuarios)
  • Ciberseguridad → 125€ por dispositivo (hasta 9 dispositivos)
  • Presencia avanzada en internet → 2.000€
  • Marketplace → 2.000€

Todos los servicios tendrán una duración de 12 meses.

Estas ayudas también pueden destinarse a servicios cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.

I. Darse de alta en la plataforma y realizar el test de autodiagnóstico digital.

II. Presentar la solicitud como beneficiario o a través de un representante.

III. Formalizar un acuerdo con los Agentes Digitalizadores sobre los servicios a realizar, una vez se haya notificado la concesión de la ayuda.

IV. Una vez que sea validado ese acuerdo, comenzará a realizarse la instalación y desarrollo de la solución y se emitirá la factura.

V. Una vez se haya finalizado la ejecución de las soluciones digitales, se justifica que cumplen todos los requisitos.

Del 2 de septiembre de 2022 al 2 de septiembre de 2023, o, hasta que se agote el presupuesto.

Para más información podéis contactar con nosotros a través de los medios habituales: