La Junta de Castilla y León, convoca en régimen de concesión directa, ayudas para fomentar el autoempleo de personas tituladas universitarias o de formación profesional de grado medio o superior.
- Personas físicas que hayan solicitado el alta en el RETA (régimen especial de trabajadores autónomos) o en la Mutualidad del colegio profesional correspondiente entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022
- Deben estar inscritos como demandantes de empleo el día de alta en el RETA o Colegio profesional.
- Deben estar en posesión de un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, relacionado con la actividad por la que se haya dado de alta.
Estarán excluidos aquellas personas que hayan estado de alta en el RETA o Colegio Profesional los seis meses anteriores al nuevo alta, con un CNAE igual o similar. También están excluidos los autónomos colaboradores.
La persona solicitante deberá acreditar unos gastos y pagos, por cuantía igual o superior a 2.000€, sin incluir impuestos. Dichos gastos deberán ser esenciales para el desarrollo de la actividad y pertenecer a las siguientes categorías:
- Compra de bienes inmuebles afectos a la actividad económica.
- Gastos de acondicionamiento del bien inmueble.
- Derecho de traspaso de negocio.
- Compra de mobiliario y equipamiento.
- Compra de maquinaria, utillaje y herramientas.
- Compra de equipos y aplicaciones informáticas.
- Compra de vehículo afecto a la actividad y rotulado. No se incluyen los gastos de rotulación.
- Compra de equipos de oficina (fotocopiadoras, fax, telefonía, etc)
- Gastos relacionados con el desarrollo de software o creación y diseño de sitios web, con aplicaciones móviles o con comercio electrónico.
- Gastos de protección de la propiedad industrial y nombres comerciales o dominios web (solicitud de patentes y registro de marcas).
- Licencias.
- Canon de franquicia.
- Elementos de seguridad y prevención.
Tanto el gasto como el pago deben estar realizados entre tres meses antes al día de alta en RETA o Colegio profesional y tres meses posteriores.
Solo serán admitidos gastos y pagos justificados por factura, y por importe igual o superior a 100€. Ambos deben estar efectuados por la persona solicitante de la ayuda.
El importe de la ayuda será de 8.000€, pero puede verse incrementada en las siguientes situaciones:
- Incremento de 2.000€ si la persona solicitante pertenece a uno de los siguientes colectivos: menores de 35 años, mayores de 45 años, desempleados de larga duración, mujeres, personas con discapacidad igual o superior al 33%, personas en riesgo de exclusión social, personas inmigrantes, emigrantes castellanos leoneses retornados o personas refugiadas.
* El incremento no es acumulable si se da más de una situación.
- Incremento de 1.500€ si la persona beneficiaria es víctima de violencia en el ámbito familiar.
- Incremento de 1.000€ si el centro de trabajo se encuentra en un municipio de menos de 5.000 habitantes.
- Ubicar el centro de trabajo en Castilla y León.
- Mantener el alta al menos dos años ininterrumpidos.
Desde el 21 de septiembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2022.
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