La Junta de Castilla y León, convoca en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas para facilitar la financiación de planes estratégicos en materia de I+D.
Empresas que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León y que vayan a realizar proyectos de I+D plasmados en planes que se califiquen como estratégicos y sean declarados de Especial Interés por la Junta de Castilla y León.
a) El plan estratégico de la empresa, debe ser declarado de Especial Interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa del ICE, en base al fuerte impacto que pueda tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad.
b) El presupuesto subvencionable del plan estratégico de I+D que se plantea, una vez valorado por el ICE, alcance al menos la cantidad de 2.000.000 € considerando los distintos centros de trabajo de Castilla y León donde se pueda llevar a cabo.
c) Al menos el 30% del presupuesto subvencionable del Plan Estratégico debe estar financiado con fondos propios, entendidos según la definición del Plan General de contabilidad.
a) Que el proyecto sea viable desde el punto de vista técnico, económico, financiero y medioambiental.
b) Que el proyecto sea completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
c) Que el proyecto esté incluido dentro de las prioridades temáticas y los ámbitos de actuación definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020.
Los proyectos podrán recoger diferentes actuaciones de Investigación industrial y/o Desarrollo Experimental que podrán llevarse a cabo conjuntamente en distintos centros de trabajo de Castilla y León, con la condición de que todas ellas estén incluidas en el Plan estratégico aprobado. El personal de la empresa imputado a cualquiera de los proyectos de I+D deberá constar estar de alta en la Seguridad Social en dicho centro de trabajo de la Comunidad Autónoma. Cada uno de los proyectos contemplados en el Plan Estratégico se clasificará en la categoría de Investigación Industrial o Desarrollo Industrial según las definiciones establecidas en la ORDEN EYH/1028/2017, de 14 de noviembre.
No serán subvencionables aquellos proyectos cuyo inicio se haya producido con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Los proyectos de I+D, recogidos en el plan estratégico, tendrán una duración máxima de tres años desde el momento de la solicitud, salvo prórroga debidamente autorizada.
Los proyectos contenidos en el Plan deberán ser individuales, esto es, que se lleven a cabo por un único beneficiario. El resto de las entidades participantes en el proyecto deberán hacerlo bajo la modalidad de subcontratación. No se considerarán los proyectos en colaboración.
El proyecto deberá alcanzar la puntuación mínima establecida en función de los criterios de valoración que se determinan en la disposición específica octava.
Serán subvencionables los gastos del personal (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar) conforme a la dedicación que exija su participación en el proyecto, con las cuantías máximas indicadas en convocatoria.
También serán subvencionables los costes de instrumental y material, el coste de colaboraciones externas y, el coste de materias primas, suministros y productos similares.
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje de los costes asignados a cada uno de los proyectos asignados al plan.
Investigación industrial: pequeña empresa 70%, mediana empresa 60% y gran empresa 50%
Desarrollo experimental: pequeña empresa 45%, mediana empresa 35% y gran empresa 25%
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